Inscripción al REPSE

Obligación de registrarme.

El pasado 23 de abril se publicó el decreto por medio del cual se prohíbe la subcontratación a manera de outsourcing y se establecen los nuevos lineamientos y obligaciones en materia laboral, fiscal y de seguridad social.

¿Cómo saber si soy una empresa obligada a registrarme?

Las empresas obligadas son todas aquellas que ponen trabajadores propios a disposición y subordinación de sus clientes, entiéndase que los trabajadores realizan sus actividades en el domicilio del cliente sin importar la duración. Algunos ejemplos son servicios de: limpieza, mantenimiento, construcción, comedor, entre otros.

A pesar de lo anterior aún es muy ambiguo cuando la Autoridad pueda determinar que una actividad se debe considerar como subcontratación, por lo que es recomendable realizar el registro para estar cubierto ante cualquier situación, además que muchas empresas han empezado a rechazar proveedores que no se encuentren registrados porque no quieren correr riesgos.

De no estar inscrito no podrás prestar tus servicios, tus clientes no podrán deducir impuestos de tu actividad y ambos podrán ser acreedores a sanciones.

¿Cómo debe operar mi empresa?

El nuevo marco legal les permite a las empresas subcontratar servicios especializados siempre que estos no formen parte de su objeto social y actividad económica preponderante, por lo cual antes de realizar una contratación será muy importante analizar la información de ambas empresas, tanto del prestador, como del receptor del servicio.

Por lo anterior ante cada contratación será necesario realizar un contrato de prestación de servicios especializados que cumpla con los requisitos establecidos por la ley.

Para tu mayor tranquilidad en VERITÉ ABOGADOS te apoyamos con la inscripción, revisión, elaboración de contratos y cumplimiento de obligaciones para que realices tus negociaciones con éxito.